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Pension alimenticia

¿Qué Abarca la Pensión Alimenticia?
La pensión alimenticia en general comprende la comida, vestido, habitación y en general lo necesario para la subsistencia de los que tienen derecho a la misma, también incluye en el caso de los hijos el proporcionar un arte, profesión u oficio. Tienen derecho a pensión alimenticia, los cónyuges, los menores (hijos) discapacitados y ancianos Requisitos del juzgado y trámite Para solicitarla en caso de estar casado (a) tu acta de matrimonio; si eres soltera (o) solo las actas de nacimiento de tus hijos. Por regla general el que afirma tiene que probar, pero en el caso de los alimentos el demandado es al que le corresponde acreditar que si cumple con su obligación. En ambos casos es recomendable reunir los comprobantes de los gastos efectuados y con ellos demostrar quien los aporta. Se solicitan ante el Juez de lo Familiar, quien puede fijar al admitir la demanda una pensión alimenticia provisional o bien solicitar informes para ellos. Nunca dejes de contestar la demanda dentro del término que se te señala y aportar tus pruebas. Se lleva a cabo una o varias audiencias para el desahogo de las pruebas. El juez tomará en consideración los elementos aportados para fijar la pensión y puede aumentar, disminuir y hasta retirar la provisional.


¿Cuándo Termina la Obligación de Dar los Alimentos?
Por la falta de capacidad del deudor. (que no tenga trabajo). Por la falta de necesidad del acreedor.(Que ya trabaje el que los necesita). Por injurias, daño o falta grave del acreedor.  Conducta viciosa o falta de aplicación al trabajo.  Por adquirir la mayoría de edad el acreedor. (excepto en los casos en que se encuentre estudiando). Por matrimonio (de los hijos o de la mujer divorciada) Por conducta indecorosa en el caso de las mujeres divorciadas.

 
¿Qué Hacer si me Amenaza con No Darme Pensión Alimenticia?
En caso de separación, si tienen ingresos propios no existe la obligación de darse pensión entre marido y mujer. Sin embargo si es obligatorio para AMBOS con relación a los hijos, sin que necesariamente implique aportación económica por parte de la mujer, ya que nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación tienen el criterio en el sentido de que la madre cumple esta obligación con el cuidado y atención del hogar y de los hijos. La pensión se da en la medida de quién la da y la de quién la recibe. Requisitos del juzgado y trámite para solicitarla en caso de estar casado (a) tu acta de matrimonio; si eres soltera (o) solo las actas de nacimiento de tus hijos. Por regla general el que afirma tiene que probar, pero en el caso de los alimentos el demandado es al que le corresponde acreditar que si cumple con su obligación. En ambos casos es recomendable reunir los comprobantes de los gastos efectuados y con ellos demostrar quien los aporta. Se solicitan ante el Juez de lo Familiar, quien puede fijar al admitir la demanda una pensión alimenticia provisional o bien solicitar informes para ellos. Nunca dejes de contestar la demanda dentro del término que se te señala y aportar tus pruebas. Se lleva a cabo una o varias audiencias para el desahogo de las pruebas. El juez tomará en consideración los elementos aportados para fijar la pensión y puede aumentar, disminuir y hasta retirar la provisional. Requisitos para obtener una buena pensión
  • Debes reunir los siguientes elementos:
  • Lugar en donde trabaja el deudor alimentario
  • Comprobante de sus ingresos
  • Estados de cuenta bancarios a su nombre
  • Propiedades con las que cuenta
Los gastos que efectúas en su totalidad con sus respectivos comprobantes (alimentos, médicos, colegiaturas, ropa, etc) ¨ Y en general todo lo que implique una posibilidad económica del deudor alimentario y tu carencia. Te podemos ayudar
¿Puedo Obtener que Bajen la Pensión?
Por supuesto, siempre que demuestres que la cantidad que te dejan es insuficiente para cubrir tus necesidades, (claro que deben ser equiparables con las de tus acreedores). Si tienes otras obligaciones como otra pareja u otros hijos, tienes que mencionarlo. También si demuestras que si aportas  pensión Cuenta con nosotros ¿puedo obtener que me aumenten la pensión?  Por supuesto, siempre que demuestres que la cantidad que te cubren es insuficiente para cubrir tus necesidades y/o las de tus hijos, (claro que deben ser equiparables con las de tu  deudor). También si demuestras que tiene otros ingresos o que son superiores a los que tenía cuando se fijo la pensión.
¿Cuánto Debe Ser de Pensión Alimenticia?
La pensión se da en la medida de quién la da y la de quién la recibe, generalmente se fija un porcentaje de los ingresos del deudor de los alimentos y se fijara tomando en consideración cuantos hijos son, sus necesidades de colegiaturas, alimentos, médicos, habitación, los ingresos de la pareja, etc. Y obviamente salvaguardara un porcentaje para las necesidades del deudor. Requisitos del juzgado y trámite para solicitarla en caso de estar casado (a) tu acta de matrimonio; si eres soltera (o) solo las actas de nacimiento de tus hijos. Por regla general el que afirma tiene que probar, pero en el caso de los alimentos el demandado es al que le corresponde acreditar que si cumple con su obligación. En ambos casos es recomendable reunir los comprobantes de los gastos efectuados y con ellos demostrar quien los aporta. Se solicitan ante el Juez de lo Familiar, quien puede fijar al admitir la demanda una pensión alimenticia provisional o bien solicitar informes para ellos. Nunca dejes de contestar la demanda dentro del término que se te señala y aportar tus pruebas. Se lleva a cabo una o varias audiencias para el desahogo de las pruebas. El juez tomará en consideración los elementos aportados para fijar la pensión y puede aumentar, disminuir y hasta retirar la provisional. Los rangos van desde un 15% hasta un 60%, según el número de hijos, pero siempre queda a criterio del juez.

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